Declaración de Sanitaria para transportar como requisito imprescindible para poder entrar en Italia
Como ya os informamos en su día, el Gobierno italiano, a través de su Ministerio de Transportes e Infraestructura de Italia, ha establecido un conjunto de medidas de autoaislamiento para personas que accedan a territorio italiano por cualquier medio (aéreo, marítimo o terrestre) y que, en principio, no resulta de aplicación a los conductores, debido al carácter esencial y prioritario del transporte de mercancías por carretera. Ahora, como consecuencia de la aprobación por el Gobierno de Italia del Decreto nº 145 se ha procedido a prorrogar hasta el 13 de abril de 2020 el conjunto de medidas adoptadas por el Ministerio de Transportes.
Entre estas medidas, se mantienen vigentes las derogaciones parciales de los tiempos de conducción y descanso ya acordadas, la eliminación de las restricciones a la circulación y la cumplimentación de la Declaración Sanitaria de entrada. Respecto a esta cuestión, el Ministerio de Transportes ha aprobado un nuevo modelo sustituyendo al que hasta ahora estaba vigente para adaptarlo a los nuevos plazos de mantenimiento de las medidas excepcionales.
Recordamos que esta Declaración Sanitaria, cuyo nuevo modelo se adjunta en su versión original y en una copia no oficial en idioma inglés para facilitar su entendimiento, ha de ser firmada por el conductor a la entrada del territorio italiano y ante la presencia de un agente de policía de frontera. Se adjunta al presente correo modelo de declaración en su versión italiana.
Deberá ser presentado a las autoridades de control y supondrá además garantizar que el transporte se realiza bajo las siguientes condiciones:
- Sólo se permitirá el acceso por necesidades de trabajo concretas y comprobadas por los agentes de control.
- La duración máxima de la actividad será de 72 horas, salvo que se justifique su ampliación por circunstancias excepcionales, en cuyo caso podrá ampliarse en 24 horas más.
- Cada persona (transportistas o conductor) deberá presentar una Declaración mediante la que se certifica que la entrada a Italia se produce exclusivamente para la realización de una actividad concreta (cuya duración máxima será la mencionada con anterioridad).
- En esa Declaración se asume la obligación de avisar inmediatamente a la autoridad sanitaria competente de la Región en que se encuentre la persona, de la aparición de síntomas compatibles con el COVID-19 a través de los teléfonos específicamente designados al efecto y someterse, en su caso, a un periodo de vigilancia de la salud o cuarentena de 14 días.
- Abandonar inmediatamente el territorio italiano, tras la finalización del transporte.
Por tanto, todos los transportistas o conductores de empresas que no tengan su sede en Italia, y que entren en dicho país en el desarrollo de la actividad de transporte de mercancías por carretera, deberán cumplimentar el formulario de Declaración de Sanitaria para transportar como requisito imprescindible para poder entrar. Es importante resaltar de nuevo, que esta declaración se firmará a la llegada a frontera y ante un agente de policía.
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