El estado de alarma NO afecta al transporte por carretera
El Decreto de Declaración del Estado de Alarma aprobado por el Gobierno español excluye de las medidas limitativas al transporte de mercancías por carretera para garantizar el normal abastecimiento de mercancías a la población.
El Decreto aprobado por el Gobierno este sábado por el que se declara el estado de alarma, NO establece restricción alguna a la actividad del transporte de mercancías por carretera para garantizar el abastecimiento de mercancías a la población en general y al resto de actividades económicas y productivas en España.
Se decreta el cierre de los restaurantes y bares, lo que afectará a los transportistas en ruta, pero no de tiendas de alimentación y gasolineras que permanecerán abiertas con total normalidad.
Como ya adelantó FENADISMER, finalmente el Decreto aprobado por el Gobierno este sábado 14 de Marzo por el que se declara el Estado de Alarma, FENADISMER no afectarán a la circulación de los vehículos de transporte de mercancías, de modo análogo a como se ha exceptuado en los restantes países de la Unión Europea.
De este modo, los más de 450.000 camiones de transporte público que diariamente realizan su actividad en nuestro país, podrán continuar prestando su actividad con total normalidad, garantizando de este modo un abastecimiento adecuado de mercancías tanto a la población en general como al resto de actividades económicas y productivas, teniendo en cuenta que el sector del transporte por carretera en España mueve en su conjunto el 85% de las mercancías.
Según el texto del Decreto al que ha accedido FENADISMER, el Gobierno ha procedido a declarar el Estado de Alarma en todo el territorio español, como permite la Ley, por existir una situación de crisis sanitaria. Asimismo los conductores profesionales podrán acceder sin ningún problema a sus puestos de trabajo, ya que si bien el Decreto contempla una serie de limitaciones a la libertad de circulación por las vías públicas para los ciudadanos, sin embargo exceptúa de las mismas los desplazamientos para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial.
En cuanto a la actividad comercial, se decreta el cierre de los restaurantes y bares, por lo que los transportistas en ruta deberán realizar su manutención con alimentos que lleven a bordo de sus vehículos o que puedan adquirir en supermercados o tiendas de alimentación. Asimismo las estaciones de servicio y gasolineras permanecerán abiertas con total normalidad.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!