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Transportista!!! El BREXIT duro, cada día más probable.

Los transportistas españoles deben prepararse ante un posible Brexit duro  el próximo 31 de Octubre.

 

Como lleva planteando FENADISMER de forma reiterada en los últimos meses, la posibilidad de que finalmente no se alcance un acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido sobre su salida de la UE antes del próximo 31 de Octubre, lo que coloquialmente se denomina Brexit duro, hace imprescindible adoptar las medidas necesarias, tanto por parte de las instituciones nacionales como por las propias empresas, que permitan dar continuidad a las relaciones tanto comerciales como de tránsito entre España y el Reino Unido a partir de dicha fecha.

De hecho, el Reino Unido representa el quinto país de destino de los transportistas españoles, representando el 8’1% del total de las toneladas-kilómetros realizados por los vehículos pesados españoles, que se verán afectados por nuevos trámites aduaneros al paso por la frontera británica, teniendo en cuenta que diariamente son más de 13.000 camiones los que cruzan al Reino Unido desde la Unión Europea, ya sea por ferry o a través del eurotunel.

A fin de conocer la nueva situación a que se enfrentarán los transportistas ante un posible Brexit duro, FENADISMER junto con las restantes organizaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera han mantenido una reunión este martes 23 de Julio con la Directora General de Aduanas de la Agencia Tributaria, Pilar Jurado, para obtener información adecuada sobre los trámites que deberán llevar a cabo los transportistas y la documentación que deberán llevar a bordo del vehículo a partir del próximo 31 de Octubre, salvo que se acordara un nuevo aplazamiento por ambas partes.

Según la información facilitada por la Agencia Tributaria, las Administraciones del Reino Unido y de los diferentes países que integran la Unión Europea están preparando los procedimientos, actuaciones y documentación que desde el día siguiente a la salida del Reino Unido de la UE habrán de cumplir las empresas y operadores de transporte que realicen tránsitos con ese país.

Ante esta situación, en materia de transporte internacional, el Reino Unido será considerado a todos los efectos como un “tercer país”, lo que supondrá para los transportistas españoles un régimen de transporte sometido a regulación aduanera en régimen de importación y/o exportación, así como al control de paso de fronteras. Esto es, los flujos de transporte entre España y el Reino Unido dejarán de tener la consideración de operaciones intracomunitarias para pasar a estar sometidos a las formalidades y declaraciones aduaneras.

Como primer aspecto a tener en cuenta, las empresas transportistas que hayan de efectuar transporte internacional con el Reino Unido, habrá de disponer del número de registro e identificación de  operadores económicos (EORI) que puede solicitarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este número resulta imprescindible para la gestión de cualquier trámite aduanero para el paso de fronteras, ya sea realizado por el propio transportista o a través, como suele ser habitual, de un representante aduanero o transitario.

Asimismo, al reestablecerse las fronteras formales con el Reino Unido, las mercancías estarán sometidas, al margen de los aranceles y derechos de importación y/o exportación correspondientes, a controles específicos de carácter sanitario, fitosanitario, etc…, lo que supondrá un significativo aumento del tiempo que los transportistas habrán de destinar a estas operaciones administrativas.

No obstante, en el específico ámbito del transporte, los convenios CMR, ADR, ATP serán plenamente aplicables al ser el Reino Unido uno de los países firmantes de todos ellos.

En todo caso, a fin de facilitar la información de los diferentes ámbitos afectados, todas las Administraciones españolas han incluido en sus páginas web apartados específicos sobre el Brexit en el que se facilita la información que hasta la fecha resulta válida ante la perspectiva de la salida de la salida del Reino Unido sin acuerdo. En concreto, la Agencia Tributaria, por la complejidad aduanera e impositiva que generará esta situación, ha habilitado un espacio informativo sobre cómo afectará el Brexit a las empresas, incluyendo unas Guías sobre el Brexit y un buzón de correo electrónico para la realización de consultas, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/BREXIT/BREXIT.shtml 

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