PUBLICADA LA NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ABANDONO DE LA PROFESION 2020.
PUBLICADA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ABANDONO DE LA PROFESION 2020.
- Ante la nueva prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, el presupuesto disponible para las Ayudas al abandono de la actividad se limita a 9,7 millones de euros, estimándose que el número de solicitantes será muy superior a la partida económica aprobada
- El plazo máximo para solicitar las ayudas es de un mes desde su publicación, debiendo tramitarse a través de la sede telemática del Ministerio de Transportes.
Finalmente, hoy mismo 11 de Junio, se ha vuelto a publicar en el BOE la nueva Convocatoria de las Ayudas dirigidas a los transportistas autónomos que abandonan de forma definitiva la profesión, ayuda esta que se lleva poniendo en cuestión en los últimos años, pero que atendiendo las peticiones que se tienen efectuadas desde nuestra federación, FENADISMER, se sigue manteniendo por su indudable carácter social y porque son una buena vía, para que algunos de los transportistas mayores cesen de forma definitiva en la profesión, en mejores condiciones y de forma más digna.
La nueva convocatoria de la ayuda mantiene las mismas condiciones del año pasado, solo se ha elevado un poco el presupuesto total asignado, que alcanza los 9. 780.000 millones de euros, y como en años anteriores, dado el elevado número de solicitantes a quienes no les llegaba la ayuda por falta de presupuesto, se han limitado los solicitantes, a los transportistas autónomos que tengan cumplidos los 64 años, así como, a los transportistas que, sea cual sea su edad, tengan reconocida a la fecha de solicitud, una incapacidad absoluta, total, o la gran invalidez.
Las solicitudes concretas de los expedientes de ayuda, como el año pasado, deben tramitarse de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento, y el plazo de presentación será de un mes, a partir del día siguiente a la publicación en el BOE, es decir, la fecha límite para presentar las solicitudes será hasta el próximo 11 de Julio.
Las demás condiciones y requisitos para la solicitud de la ayuda son los siguientes:
Ser transportista autónomo de mercancías o viajeros, dado de alta en ese régimen en la Seguridad Social, de forma ininterrumpida, durante los últimos diez años. Se permite solo una única interrupción por periodo no superior a tres meses.
Tener una edad igual o superior a los 64 años. También podrán solicitarla las personas que, con independencia de su edad, tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual, o la gran invalidez.
Ser titular de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones (o copias de autorización) de transporte público, debiendo al menos una de ellas encontrarse vigente en el momento de la solicitud. Se permite una única interrupción por el periodo no superior a tres meses y en los casos de incapacidad, la vigencia de autorización se exigirá a la fecha de la declaración de la incapacidad.
Se requiere también no haber desaprovechado otras ayudas al abandono de la actividad en años anteriores.
Por último y siempre que llegue el presupuesto para los solicitantes, que para el orden y preferencias en el otorgamiento se ordenan primero por su situación de incapacidad y luego por la mayor edad de cada solicitante, en cuanto a la cuantía concreta de la ayuda o subvención se calcula y otorga del siguiente modo:
- Por la autorización de transporte público se otorgan 30.000 €
- Y además, para transportistas de menos de 65 años, (no inválidos), adicionalmente se les puede otorgar y hasta agotar el presupuesto, 5.300 € por cada semestre completo que faltase hasta cumplir los 65 años.
Para más información, asesoramiento y para el trámite de la solicitud dirigirse siempre a la Asociación, todas las consultas serán atendidas y solo se cobrará por la tramitación y gestión de las solicitudes.
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